jueves, 24 de septiembre de 2009

CONVENIO DE HONORARIOS

CONVENIO DE HONORARIOS.
DTOS. 1104/05; 1246/05; 1275/05; 1095/06; 1126/06; 861/07 Y 871/07, 1053/08; 884/08 (AUMENTOS 23%; 19%; 16,5%, Y 19,5%)751/09 (FFAA) 752/09 (FFSS) 753/09 (Retirados y Pensionados)


Entre el Sr................................................................. con domicilio en: ......................................................
Localidad:................................................................. C.P........................................ : y el Dr.Gabriel A Domenech Achetone, con domicilio en la calle Balcarce 349 de Capilla del Señor,Pcia de Buenos Aires se conviene en celebrar el presente acuerdo, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERO: El Dr. Gabriel A Domenech Achetone toma a su cargo el patrocinio letrado de las actuaciones administrativas y/o judiciales,a iniciarse y por las cuales el actor se creyere con derecho, demandando al Estado Nacional- Ministerio de Defensa y/o Interior, según corresponda, en reclamo de la aplicación de lo dispuesto en el el Decreto 1104/2005; 1095/06 (FFAA), 1246/05 1126/06 (PNA, GNA) , 1275/05 (SPF), 861/07 (FFAA), 871/07 (PNA, GNA), Y 1053/08 (FFAA), 884/08 (PNA, GN); solicitando su incorporación al sueldo, conforme Ley 19101 A tal efecto se percibe en este acto la suma de PESOS MIL ($1.000.-) en concepto de adelanto para gastos, sirviendo el presente convenio de suficiente recibo de pago .-
SEGUNDO: Las actuaciones administrativas tramitarán por ante el Ministerio respectivo y las actuaciones judiciales ante los Tribunales correspondientes al Fuero Federal.-
TERCERO: Los honorarios del Dr- Domenech, en ningún caso podrán ser contrarios a las leyes vigentes, y a tal efecto se fijan las siguientes pautas: a) En caso de resolución favorable en sede administrativa, el 5 % (CINCO PORCIENTO) de la retroactividad que se perciba, en la misma especie y a medida que la misma se vaya haciendo efectiva. b) En caso de resolución favorable en sede judicial el 10 % (DIEZ PORCIENTO) de la retroactividad que se perciba, en la misma especie y a medida que la misma se vaya haciendo efectiva. El presente convenio no incluye IVA y es titulo ejecutivo habil para perseguir su cobro en caso de incumplimiento.-
CUARTO: Las partes convienen que las costas a cargo del Estado Nacional no forman parte del presente convenio. Para el supuesto de resolución judicial negativa el Dr Gabriel A Domenech Achetone nada reclamara en concepto de honorarios, como asimismo en caso de rechazo por incompetencia la acción debera ser seguida por el abogado particular de la zona de cada uno, sin tener nada que reclamar al respecto.-
QUINTO: Las partes también acuerdan que a efectos de interiorizarse por el estado de la tramitación administrativa y/o judicial, el "ESTUDIO DOMENECH ACHETONE" dará la pertinente información personal o telefónicamente los días martes y jueves de 17:00 a 20:00, en el domicilio del ESTUDIO arriba indicado o al TE 02323.491524/491274, y/o también a través de Internet en la dirección www.estudiosdomenech.com./mail,info@estudiosdomenech.com. SEXTO: Para todos los efectos del presente las partes constituyen domicilio en los arriba indicados. Se firman dos ejemplares en la Ciudad de Capilla del Señor ,Pcia de Buenos Aires, a los _____, dias del mes de __________________ de 200

martes, 22 de septiembre de 2009

DOCUMENTACION NECESARIA

PARA EFECTUAR EL RECLAMO ANTE LA JUSTICIA
FUERZAS ARMADAS
Ejercito Argentino - Fuerza Aerea - Marina
***Reclamos por Decreto 1104/05 y 1095/06 : (23% y 19%)Para que se le pague los suplementos por responsabilidad del cargo de función; suplemento por mayor exigencia de vestuario; compensación por vivienda.- Documentación Necesaria: Fotocopia del Reclamo Administrativo Previo Fotocopia del DNI PoderPacto de Cuota Litis Fotocopia recibo de haberes de Septiembre y Octubre de 2005; Agosto, Septiembre y Octubre del 2006; y cuatro ultimo período del año 2007 y 2 Últimos del año 2008.-

***Reclamos por Decreto 1490/02: por códigos 15 ( compensación por inestabilidad de residencia) + 33 ( asignación mensual no remunerativa) que lo incluyen al sueldoDocumentación Necesaria: Fotocopia del Reclamo Administrativo Previo Fotocopia del DNI PoderPacto de Cuota Litis
Fotocopia recibo de haberes de Agosto , Septiembre y Octubre de 2002 , Cuatro ultimo período de año 2007 y Ultimos dos del año 2008.-

***Reclamo por Reducción al aporte a la Obra Social: Para que reduzcan el monto de retención del personal al 3% (ahora le descuentan el 8%, ello es violatorio de la ley 23.660) Documentación Necesaria: Fotocopia del DNI Poder ,Pacto de Cuota Litis Fotocopia recibo de haberes de Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2006 y ultimos dos del año 2008.-

***Reclamo por Decreto: 871/07: Por el aumento del 16,5% no remunerativo.-.Documentación Necesaria: Fotocopia del DNI PoderPacto de Cuota Litis Fotocopia recibo de haberes de Agosto Septiembre y Octubre de 2007 y ultimos dos del año 2008.

***Reclamo por Decreto: 82%/100% Móvil: Documentación Necesaria: Fotocopia del DNI PoderPacto de Cuota Litis Fotocopia recibo de haberes de los últimos tres meses del año 2007 y últimos dos meses del año 2008.-

UNICAMENTE PERSONAL RETIRADO
***Reclamo por el 11% Provisional:Documentación Necesaria: Fotocopia del DNIPoderPacto de Cuota LitisFotocopia recibo de haberes de los últimos tres meses del año 2007 y últimos dos meses del año 2008.-***Reclamo por el Decreto 1194/06: Aumento del 11% no remunerativo.Documentación Necesaria: Fotocopia del DNI PoderPacto de Cuota Litis Fotocopia recibo de haberes de los últimos tres meses del año 2007 y últimos dos meses del año 2008.-

PODER PARA JUICIOS-AMPAROS

Para aquellas personas que no son clientes del Estudio y quieran iniciar actuaciones con el mismo, este es el modelo de poder que debera mostrar al escribano de su confianza a efectos de conferirme facultad para representarlo judicialmente
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PARA EL ESCRIBANO
PODER JUDICIAL Y DE ADMINISTRACION. a favor de los Dres. Gabriel Alberto Domenech Achetone y Marta Lorena Domenech.-
ESCRITURA NUMERO ................. En la ciudad de................ a los ............ días del mes de .................. del año dos mil ........., ante mi, Escribano Autorizante, comparecen las personas que se identifican y expresan sus datos al final de esta escritura y DICEN: que confiere poder Judicial y de Administración a favor de los Dres. Gabriel Alberto Domenech Achetone y Marta Lorena Domenech.- para que en sus nombres y representación y actuando en forma conjunta alternada o indistinta, comparezcan cuantas veces sea necesario ante los Juzgados, Cámaras, Cortes de Justicia y autoridades competentes, en que tengan algún interés o sean partes los otorgantes, ya sea en esta ciudad o en cualquier otro punto del país. A tales efectos los autorizan a presentar documentos, escritos, testigos, y otros justificativos. Con facultad de iniciar todo genero de acciones o demandas, contrademandar o reconvenir, transigir, celebrar arreglos, interponer recursos legales, apelar, desistir de este u otro derecho total o parcialmente y de excepciones, cobrar y percibir sumas de dinero que se les adeuden, otorgar y exigir recibos, pedir requerimientos, citaciones y emplazamientos, nombrar peritos, trabar medidas cautelares, decir de nulidad, formalizar actas de constatación, por instrumento publico o privado, proceder, con todas las medidas que se requieran, al cobro de todas las asignaciones que se les adeuden en todos los organismos oficiales, Ministerios, y en especial en Cajas Previsionales, ANSES, Instituto de Ayuda Financiera para el pago de Retiro y Pensiones Militares, Caja Policial, o los organismos que en el futuro les corresponda Abonar las sumas adeudadas, y en fin realizar cuanto más actos, gestiones y diligencias sean necesarias y conducentes al mejor desempeño, hasta su total finalización, del presente mandato, que a los fines indicados lo otorgan sin limitación alguna, pudiendo sustituirlo total o parcialmente, siendo las facultades conferidas meramente enunciativas y no taxativas. Los comparecientes a quienes considero capaces para este otorgamiento y de cuyo conocimiento doy Fe son: